USTED, ¿A QUE ESTATUS SOCIAL PERTENECE?
Una
sonrisa irónica suele dibujarse en los labios cuando se pronuncia la palabra, “JUSTICIA”
llamada a desaparecer (si aquellos,
valedores de la misma no lo remedian) de la conciencia de los pueblos en los
actuales tiempos.
Sonrisa que revela el
escepticismo al que hoy hemos llegado; sonrisa que mata las más bellas
ilusiones del ser humano inclinadas por naturaleza al bien; sonrisa que hace
arder la sangre en las venas al débil, al desprotegido, al enfermo, al
desahuciado, al sin techo, al sin trabajo y sonrojar la conciencia honrada.
Ese mohín apenas
perceptible que simulan los labios cuando se pronuncian esta palabra, revela un
mundo de dañinas ideas, un mundo de frustraciones, un mundo de sufrimientos;
revela una sucesión no interrumpida de hechos protegidos por la impunidad;
revela el deseo impuro de realizar un plan maduramente concebido, para cuya
ejecución no son obstáculos los medios; revela las angustias del que
inmerecidamente gime sin esperanza de que termine esa pesadilla.
Cuando se contemplan
tantas injusticias sociales, cuando existen tantos crímenes por desamparo que
no castiga la Ley, cuando imperan tan irritantes privilegios que llenan de
hiel, rabia e impotencia a la mayoría, cuando el vicio se muestra descarado sin
que se le reprima, cuando los derechos legítimos del ciudadano yacen a los pies
de los caballos y de la sinrazón; parece un sarcasmo pronunciar la palabra Justicia.
La Ley castiga al que
a mano armada asalta una propiedad y dependiendo de quien sea, será la pena, al
que tal vez por necesidad se apodera de una botella de leche para dar de comer
a su familia, al que injuria o calumnia
públicamente dependiendo el personaje, al que por medios violentos o astutos
ataca al pudor de una doncella; pero no castiga otros delitos tal vez de no
menor trascendencia, que por lo mismo que cuentan con la impunidad han llegado
a arraigarse de tal manera que tienen viciada completamente la atmósfera
social; no castigan al que introduce la discordia en las familias y envenena
las conciencias; no castigan el incivismo, la pendencia, los escándalos en
calles y hogares de cada vez más ciudadanos; no castigan a aquellos que
presumen de ser justos garantes de la Ley. Que, dúctil, se someten complaciente
a determinados manejos de poderosos personajes, y se entregan todo entero a
elevadas influencias; no castigan al gobernante ni a políticos que dominados
por bastardas pasiones oprimen, tiranizan, que protegen la inmoralidad y el
desorden que los de su bando introducen en la sociedad, porque la Ley no les
alcanza; no castigan al que engaña al pueblo con falaces promesas, o impasible
lo conduce a la ruina, con tal de que logre su fin particular; no castigan al
que con maquiavélicos planes se apodera del caudal ajeno, labrando la ruina de
muchas familias, y destruye las pruebas materiales de tan innoble adquisición;
no se castigan, en fin, esos crímenes morales que emponzoñan; todo lo que su
hálito infecto toca.
He aquí la fuente del
mal que consume y vicia la sociedad; he aquí el origen de tantas
fortunas improvisadas, de tantas escenas desgarradoras, de tantas ruinas
inexplicables, de tanta historia tenebrosa, de tanta desdicha oculta, de tanta
miseria latente. El pobre que ha cometido un delito común, impulsado por
inclinación o arrastrado por las circunstancias, es perseguido, sentenciado y
como complemento reducido a prisión, donde cumpla la pena de su culpa. Al
poderoso, al rico, al cargo electo, se le dilata en el tiempo convenientemente
su juicio, tal vez con el único fin de que sus delitos mayores prescriban.
¡Cuántas veces un
padre o una madre infeliz se ha visto obligado a recurrir a medios indignos
para procurar alimento a sus hijos, y hallarse, como desenlace del drama,
sumergido en una tremenda impotencia mal sana, aislado de toda persona conocida
y llevando un infierno encima al recordar lo que será de su familia fallándole
su apoyo!
¡Cuantas, un inocente
o víctima de una injusticia no han sufrido la misma suerte, pagando los pecados
de otro que acaso nade en la abundancia y se pasea con la frete alta, como el
que tiene limpia la conciencia!
Entretanto el
bandido, el corrupto, el usurero, el poderoso empresario, levitan, ese ente
hipócrita y soberbio, cuando no ostenta el cinismo más descarado y repugnante,
que causa más daños que los asesinos y que los salteadores, merezca acaso el
aprecio de las gentes, sea bien considerado, soliciten su apoyo y alaben y
admiren la habilidad que desplega para salir airoso en todas las empresas; tal
vez cuente con la protección de las personas de valer y toleren sus actos los
mismos encargados de hacer cumplir la
Justicia.
Mientras no se dicten
leyes que comprendan todos los casos independientemente del personaje; mientras
no se dé a conocer a las gentes todos estos tipos en sus infinitas variedades,
y, después de retirarles las consideraciones, merezcan solo el más profundo
desprecio; mientras existan ejecutores de justicia que se postren sumisos a las
exigencias de algunos, y entre otros a gobernantes y políticos electos que en
lugar de cumplir con su sagrada misión se valen del mando que ejercen para
patrocinar abusos, abatir a los que no doblan la cerviz ante inmotivadas
pretensiones y se atreven a arrastrar sus iras, y haya quien se envanezca con la
impunidad por tener de su parte a aquellos que dictan las sentencias y aplican
la Ley; mientras todo esto suceda, los males de nuestra sociedad seguirán
adelante y en vez de disminuir aumentarán.
El Código
Penal dice: CAPÍTULO II – De la omisión del
deber de justicia
De la omisión de los deberes de impedir delitos o de promover su persecución
De la omisión de los deberes de impedir delitos o de promover su persecución
Artículo 450
1. El que, pudiendo hacerlo
con su intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno, no impidiere la
comisión de un delito que afecte a las personas en su vida, integridad o salud,
libertad o libertad sexual, será castigado con la pena de prisión de seis meses
a dos años si el delito fuera contra la vida, y la de multa de seis a
veinticuatro meses en los demás casos, salvo que al delito no impedido le
correspondiera igual o menor pena, en cuyo caso se impondrá la pena inferior en
grado a la de aquél.
2. En las
mismas penas incurrirá quien, pudiendo hacerlo, no acuda a la autoridad o a sus
agentes para que impidan un delito de los previstos en el apartado anterior y
de cuya próxima o actual comisión tenga noticia.
Pero no
hay que perder la esperanza de que la JUSTICIA,
más tarde o más temprano ha de ser cumplida, y el día en que esto suceda
espirará helada la sonrisa en los labios de los que al oír su nombre sientan
alzarse una voz que les acuse desde lo íntimo de su conciencia.
José Antonio del
Rosario
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