jueves, 16 de julio de 2009

EL DERECHO AL DESCANSO CIUDADANO



CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA


CAPÍTULO II Derechos y Libertades – Sección I Art. 15


Todos tenemos derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a torturas ni a penas o tratos inhumanos o degradantes.

Capítulo III Sección II Art. 43

1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.
2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.

Art. 45

1. Todos tenemos el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.

2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.

ORDENANZA MUNICIPAL DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE FRENTE A RUIDOS Y VIBRACIONES

TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Art. 1

La presente ordenanza regula la actuación de los ciudadanos y de la administración para la protección del medio ambiente contra las perturbaciones producidas por ruidos y vibraciones. Se consideran a los ruidos y vibraciones como una forma de energía contaminante.

CAPÍTULO II. Art. 10 NIVELES MAXIMOS ADMISIBLES EN INTERIORES O EXTERIORES.

Sin tener en cuenta las perturbaciones producidas por el tráfico rodado de vehículos, no se podrá producir ruido alguno que sobrepase, en el medio interior o exterior los niveles equivalentes en decibelios (dBA), día 40 noche 25. Yo añadiría, siempre que las paredes divisorias de las viviendas tengan entre 20 y 40 centímetros de espesor.

CAPÍTULO IV. COMPORTAMIENTO DE LOS CIUDADANOS. Art. 37. CONVIVENCIA CIUDADANA.

La producción de ruidos y vibraciones en la vía pública, en las zonas de pública concurrencia o en el interior de los edificios, no podrá superar, tanto de día como de noche, los límites establecidos en el TÍTULO II, para garantizar una correcta convivencia ciudadana. Se tendrá especial cuidado en no sobrepasar dichos niveles, tanto en el interior de las casas como fuera de éstas.

Art.39. APARATOS E INSTRUMENTOS MUSICALES.
Los propietarios o usuarios de aparatos reproductores de sonido y instrumentos musicales o acústicos que hagan uso de ellos, ya sea en el propio domicilio o en la vía pública o en zonas públicas, no deberán sobrepasar los límites de ruido establecidos en el TÍTULO II.
Hasta aquí, todo correcto, lo arriba mencionado es lo que establece la ley, para que los poderes público velen y ejecuten su cumplimiento.

La pregunta es, tenemos que continuar soportando de una parte de la ciudadanía, desgraciadamente cada vez mayor, su incivismo, su falta de respeto, sus insultos y amenazas, por que los poderes públicos, hacen cierta dejación de velar y ejecutar el cumplimiento de la ley establecida. La ciudadanía está cada vez más arta de llamar constantemente a los cuerpos de seguridad, ( cuando acuden ), que una vez cumplido el tramite de llamarles la atención y tal vez sanción, continúan su ronda, pero esta clase de individuos/as por el mero hecho de estar en democracia, donde creen que el todo vale, arrecian con más fuerzas si cave, los ruidos, vibraciones, insultos, amenazas, etc., como que los poderes públicos, les trae sin cuidado.

Estamos cansados de las discotecas ambulantes y caseras, con sus volúmenes a toda pastilla, nuestros niños, nuestros enfermos, nuestros mayores y la ciudadanía en general, necesitamos llegar a nuestros hogares y poder hablar sosegadamente con nuestras familias, leer, ver la televisión, oír música o simplemente descansar, para una nueva jornada de trabajo, sin tener que hacerlo a gritos o subir el volumen de nuestros aparatos reproductores de sonido e instrumentos musicales, en detrimento de la buena convivencia con nuestros vecinos, que no comparten el proceder incívico de cierta parte de la ciudadanía.

Pero, a nuestra clase política asalariada las quejas de los ciudadanos/as por un oído le entra y por otro le sale, ellos y ellas están bien protegidos en sus áreas de residencia por una seguridad que los contribuyentes en todos los municipios pagamos.

José Antonio del Rosario

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